La Corte limita su alcance ante abusos en casos Atenco, Oaxaca y Lydia Cacho

La Jornada

martes 18 de septiembre de 2007

Desoye el pleno a los ministros Silva Meza, Cossí­o Dí­az y Góngora Pimentel

Jesús Aranda

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) redujo atribuciones, aprobadas previamente, a la comisión que investiga la presunta violación de garantí­as individuales en San Salvador Atenco en mayo de 2006, al establecer que ésta no deberá referirse a aspectos relacionados con formas de reparacióná de quienes hayan sufrido la violación de sus derechos, como tampoco podrá señalar posibles responsabilidades civiles, penales, administrativas o polí­ticas de los funcionarios involucrados en los hechos.

La mayorí­a ignoró los argumentos de los ministros Juan N. Silva Meza, José Ramón Cossí­o Dí­az y Genaro Góngora Pimentel; el primero cuestionó que la Corte aplique de manera retroactiva lineamientos que reducen las facultades de los comisionados, mientras que los otros dos señalaron que el pleno deberí­a establecer, formas de reparación del daño causado, por la violación grave a las garantí­as individuales

Góngora recordó por su parte que, desde que el máximo tribunal analizó el tema del halconazo, relacionado con los hechos del 10 de junio de 1971, cuando la mayorí­a se negó a ejercer la facultad de investigación, planteó que deberí­an ampliarse los alcances de ésta, prevista en el segundo párrafo del artí­culo 97 constitucional, para establecer formas de reparación al daño causado, por la violación grave de garantí­as individuales, yo dirí­a escandalosas, que en su caso se hayan producido

El 6 de febrero se integró la comisión investigadora, a solicitud de Góngora Pimentel, para conocer los hechos ocurridos en los poblados mexiquenses de San Salvador Atenco y Texcoco. En aquella ocasión el pleno determinó que la comisión integrada por los magistrados Jorge Mario Pardo Rebolledo y Alejandro Sergio González debí­a complementar la investigación acerca de la existencia y violaciones graves a las garantí­as individuales y derechos humanos fundamentalesá, y determinar por qué se dieron esas violaciones, si alguien las ordenó, ¿obedeció a una estrategia estatal o al rebasamiento de la situación?, o se debió a la deficiente capacitación de los policí­as

Esto permitirí­a al pleno establecer criterios sobre los lí­mites de la fuerza pública, y para que se hiciera llegar a las autoridades competentes la opinión de la SCJN sobre las formas de reparación de la violación de garantí­as, ya sean jurí­dicas o civilesá, así­ como hacer llegar a las autoridades competentes la opinión sobre posibles responsabilidades civiles, penales, administrativas o jurí­dicas

Sin embargo, el 10 de septiembre pasado, la Corte aprobó un acuerdo general que limita considerablemente las atribuciones de las comisiones investigadoras (tanto la del caso Atenco, como las de Oaxaca y la que tiene que ver con el gobernador de Puebla por el caso Lydia Cacho), y con ello se redujeron los alcances de la pesquisa.

Así­ acordó que las comisiones no podrán adjudicar responsabilidades, sino únicamente identificar a las personas que hubieren participado en los hechos

La aprobación de estos lineamientos, llevó al pleno ayer a precisará los alcances de la comisión que investiga el caso Atenco, para que ésta ajuste su actuación a las nuevas reglas, siete meses después de que inició sus trabajos. Con esto, quedó fuera también la posibilidad de que en un momento dado, la SCJN se pronunciara sobre las formas en que podrí­an ser reparadas la posible violación de garantí­as de las ví­ctimas (de haberlas) y que, en su caso, señalara eventuales responsabilidades civiles penales, administrativas o polí­ticas.

Con la decisión de ayer del pleno del máximo tribunal, la comisión se limitará a procurar identificar el cargo y nombre de las personas que hubieren participado en tales hechos calificados como violaciones graves a los derechos fundamentales

Después de que la comisión investigadora entregue su informe, si considera ésta que hubo violaciones, el material se turnará a un ministro para que elabore un proyecto de dictamen en el que confirme si hubo tales violaciones y, eventualmente, a los funcionarios responsables; pero sin que la Suprema Corte emita recomendación alguna a las autoridades a las que los ministros remitan su dictamen.