"Le dan otra vida" a Ulises Ruiz

El Financiero Impreso

Fernando Ramí­rez de Aguilar L.
Jueves, 7 de diciembre de 2006

La Suprema Corte revocó el fallo de Góngora Pimentel.
Procedente, el juicio del gobernador contra el Senado.
Falta por resolver otro recurso de reclamación.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación "le dio vida" al gobernador Ulises Ruiz Ortiz al revocar el fallo del ministro Genaro David Góngora Pimentel, que habí­a desechado "por notoriamente improcedente" la controversia constitucional que interpuso el Ejecutivo oaxaqueño contra el "exhorto" de la Cámara de Senadores para que renunciara al cargo.

Los cinco ministros de la Primera Sala consideraron que el juicio promovido por Ruiz Ortiz contra el exhorto del Senado, es procedente y fundado.

A mediados de noviembre, el ministro Góngora Pimentel desechó el juicio interpuesto por el gobernador oaxaqueño al considerarlo notoriamente improcedente, ya que el exhorto de los senadores para que deje el cargo no tiene carácter de obligatorio.

Ulises Ruiz se inconformó y pidió a sus abogados promover un recurso de reclamación. Con base en éste, la Primera Sala, por unanimidad, revocó el fallo de Góngora Pimentel y ordenó que el juicio sea turnado a otro ministro para un segundo análisis y se determine si procede o no la queja.

Falta por resolver otro recurso de reclamación interpuesto en contra de un exhorto similar que le formuló la Cámara de Diputados y que el ministro Sergio Aguirre Anguiano también desechó "por ser notoriamente improcedente".

Si después del segundo estudio se llega a la misma conclusión, el asunto se dará por terminado; en caso contrario se iniciarí­a el análisis de fondo para determinar si el exhorto es inconstitucional.

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Por otra parte, la Primera Sala de la Suprema Corte sobreseyó la controversia constitucional que interpuso la anterior Legislatura de la Cámara de Diputados en contra del entonces presidente Vicente Fox Quesada, por la difusión en tiempos electorales de cuatro anuncios de radio y televisión en temas de combate a la pobreza.

A propuesta del ministro José de Jesús Gudiño Pelayo, los ministros aprobaron dejar sin efecto ese juicio, porque la difusión de los cuatro anuncios de las campañas impugnadas por los diputados "han sido canceladas de manera definitiva".

De acuerdo con el criterio de la Primera Sala, se sobreseyó el asunto porque la naturaleza de este tipo de procedimientos, como la controversia constitucional, no es de orden restitutorio ni mucho menos represivo, sino meramente declarativo e invalidatorio.

Los anuncios de radio y televisión "han sido cancelados por voluntad propia del organismo competente, con lo cual dejaron de causar la afectación que en su caso podrí­an haber ocasionado a la Cámara actora o incluso el efecto negativo que a decir de la misma causaban a la población", señaló en su dictamen el ministro Gudiño Pelayo.